Cartagena

Investigan a un conductor ebrio que se negó a hacerse un control en La Manga

Tres horas más tarde fue interceptado arrojando una tasa que casi triplicaba la máxima permitida.

Investigan a un conductor ebrio que se negó a hacerse un control en La Manga
20190731 INVESTIGADO SEGURIDAD VIAL LA MANGA 01

La Guardia Civil de la Región de Murcia ha investigado, en la carretera RM-12 (AP7-La Manga del Mar Menor), término municipal de Cartagena, al conductor de un turismo como presunto autor de tres delitos contra la seguridad vial.

En menos de cuatro horas, fue identificado con signos de haber ingerido alcohol, se negó a la práctica de la prueba de alcoholemia, quebrantó la medida cautelar de inmovilización del vehículo que conducía y fue interceptado con una tasa de alcohol que casi triplicaba la máxima permitida.

Dispositivos de verificación de alcohol y drogas en zonas de afluencia masiva de personas y vehículos

Los hechos se produjeron el pasado sábado, 27 de julio, cuando la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de la Región de Murcia estableció un amplio dispositivo de controles preventivos de verificación de alcohol y drogas en las vías aledañas a la población de Cabo de Palos, con motivo de la celebración de un evento musical con afluencia masiva de personas. En el dispositivo participaron más de 30 agentes del Sector de Tráfico.

Sobre las 5:30 horas, a la altura del kilómetro 18,200 de la carretera convencional desdoblada RM-12 (AP7/La Manga del Mar Menor), conocida como autovía de La Manga, término municipal de Cartagena, se interceptó al conductor de un turismo que fue requerido para someterse a las pruebas preceptivas de alcoholemia. El joven se negó a realizarlas aunque presentaba evidentes síntomas de haber ingerido alcohol, por lo que el vehículo que conducía fue inmovilizado cautelarmente y le fueron instruidas diligencias como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial, por negativa a someterse a la prueba de alcoholemia y conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

En estos casos, como medida cautelar preventiva, la Ley de Seguridad Vial dispone que los vehículos sean inmovilizados hasta que desaparezcan las causas impeditivas, bien porque exista un conductor alternativo, que, sometido voluntariamente a las pruebas, se encuentre condiciones idóneas para circular o cuando el mismo conductor implicado, transcurrido un margen de tiempo, variable según la tasa detectada, vuelva a ser sometido de nuevo a las pruebas y arroje resultado negativo. En última instancia, el vehículo es retirado por medios ajenos (grúa).

Casi triplicaba la tasa máxima permitida

Tan solo tres horas y media después, a las 9:00 horas del mismo día y a la altura del kilómetro 14,000 de la misma carretera RM-12, en las proximidades de la población cartagenera de Los Belones, después de haber quebrantado la medida cautelar de inmovilización, el mismo conductor fue sorprendido y sometido a la prueba de alcoholemia, arrojando unos resultados de 0,68 y 0,66 miligramos de alcohol por litro de aire expirado, en sendas pruebas.

Estas tasas casi triplicaron la máxima permitida, que es de 0,25 mg/litro, por lo que fue investigado por un nuevo delito contra la seguridad vial: la conducción bajo la influencia de alcohol con tasas superiores a las penalmente admisibles.

La persona investigada –varón, de 22 años, nacionalidad española y vecina de Las Torres de Cotillas– y las diligencias instruidas han sido puestas a disposición del Juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena.

El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, así como hacerlo con tasas superiores a 0,60 miligramos/litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Por otro lado, el delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia, se encuentra recogido en el artículo 380 del Código Penal y sancionado con pena de prisión de 6 meses a 1 año y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

El quebrantamiento de la medida cautelar de inmovilización del vehículo, adoptada por los agentes de la autoridad en los casos previstos en la Ley de Seguridad Vial, constituye una infracción administrativa que se sanciona ante la Jefatura Provincial de Tráfico y lleva aparejada una sanción económica de 200 euros y la retirada cuatro puntos del permiso de conducción.

La Guardia Civil reitera su mensaje a aquellos conductores que, de forma imprudente y temeraria, y a pesar de las campañas y advertencias de la Dirección General de Tráfico, conducen después de haber bebido o tomado drogas, recordando que, sin perjuicio de la sistemática realización de controles preventivos ordinarios o especiales, se someterá a las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas a todos los conductores que sean denunciados por la comisión de infracciones, estén implicados en accidentes o aquellos otros en los que se detecte un posible consumo.

Por otro lado, la Guardia Civil de la Región de Murcia quiere apelar a la conciencia cívica de la población para que avisen al teléfono 062 (Guardia Civil)  o 112 (Emergencias) o directamente a las patrullas en servicio, cuando se encuentran con situaciones anómalas o maniobras irregulares que den lugar a pensar que los conductores lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol, con la finalidad  de poder adoptar las medidas policiales oportunas para que estos vehículos sean interceptados.

Investigan a un conductor ebrio que se negó a hacerse un control en La Manga