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Advierte de la gravedad del "silencio cómplice" del entorno de las víctimas de violencia de género

La falta de apoyo en su entorno se convierte en "una losa" para la mujer maltratada cuando quiere denunciar, señala el tribunal.

Advierte de la gravedad del "silencio cómplice" del entorno de las víctimas de violencia de género
El 016 es el teléfono de atención a las víctimas de violencia de género, es gratuito y no deja huella en la factura
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El Tribunal Supremo (TS) ha advertido este miércoles de la gravedad del "silencio cómplice" del entorno de la víctima de violencia de género, así como del "acoso cómplice" del entorno del agresor, algo que lleva a la mujer maltratada a sentir "soledad" y se convierte en "una losa" para ella "cuando quiere denunciar y no encuentra ayuda".

Lo ha hecho en una sentencia en la que rebaja de 17 y 9 meses de prisión a 16 años y 11 meses la condena que le impuso el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco a un hombre que agredió sexualmente a su pareja tras haberla maltratado en anteriores ocasiones, algo que la víctima ocultó previamente.

El tribunal considera que "la falta de denuncia de hechos previos por la víctima no puede convertirse en dudas acerca de su credibilidad por su denuncia tardía" y destaca "los problemas ante la presión ejercida por el entorno del autor", lo que denomina "acoso cómplice".

"El sentimiento de temor de las víctimas ante lo que pueda ocurrir es lo que provoca el rechazo a la denuncia, junto con la falta de ayuda de su entorno, e, incluso, como aquí ha ocurrido, la oposición a que mantenga los hechos agresivos que han ocurrido y que el Tribunal ha declarado probados", argumenta el Supremo.

No denunciar no puede poner en duda la credibilidad de la víctima

En su sentencia, el TS absuelve al condenado de un delito de amenazas, modificando así la pena que le impuso, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera probado que el condenado agredió a su pareja causándole numerosas lesiones y también le insultó y maltrató con carácter previo a la violación.

De hecho, el TS ampara la condena por dos delitos de lesiones graves por hechos ocurridos anteriormente y que la víctima ocultó señalando, cuando fue asistida médicamente, que fueron provocadas accidentalmente y no por agresión de su pareja. Según recalcan desde el Supremo, el tribunal de instancia entendió que la víctima dijo la verdad en el juicio, aunque previamente ocultó el maltrato. 

En esta sentencia, con ponencia del magistrado Vicente Magro, el TS apunta que sucede con frecuencia que hay episodios de maltrato que no se denuncian en su momento y, cuando ocurre un hecho grave, como aquí fue el de la violación, se pone en conocimiento de la autoridad para acabar con ese estado de victimización.

El tribunal señala que la falta de denuncia de hechos previos por la víctima "no puede convertirse en dudas acerca de su credibilidad" por su denuncia tardía, tal y como ya ha puesto de manifiesto en otras sentencias.

En su fallo, el TS recuerda que la Audiencia Provincial apuntó la necesidad de no pasar por alto "la soledad y vulnerabilidad" que transmite la situación de seguir adelante con una denuncia por malos tratos. La víctima, según expuso la Audiencia Provincial, percibe que "se queda sola y ve que todos sus paisanos y paisanas declaran en favor del acusado, organizan eventos para apoyarle" y "cuestionan" la credibilidad de la denunciante. "Parece probable que ella percibiera ese devenir, y que ello motivara que no quisiera denunciar nunca", señalaba.

El "silencio cómplice" del entorno de la mujer

Para el Tribunal Supremo, ésta "es una valoración sumamente importante" a los efectos de "hacer notar la situación de soledad de muchas víctimas de violencia de género que se encuentran solas ante el maltrato que sufren". "Y lo están ante su agresor, por descontado, pero lo más grave es la soledad en la que se encuentran ante su propio entorno y el entorno del agresor, ya que ello es lo que provoca y coadyuva al silencio de las víctimas ante el maltrato", manifiesta el Supremo al respecto.

A su juicio, esta situación provoca "que en muchos casos las víctimas no denuncien". De hecho, el TS avisa de que si denuncian y "perciben esta falta de apoyo de su entorno, o, incluso, la presión del agresor", terminan negándose a declarar, "lo que viene a operar a favor del agresor".

"Se habla, así, del silencio cómplice del entorno de la víctima de malos tratos y el acoso cómplice del entorno del agresor, o llegar mucho más lejos, como reconoce el Tribunal en este caso, cuestionando ese entorno del agresor la credibilidad de la víctima en estos momentos, negando la existencia del maltrato", subraya el alto tribunal.

"El retraso en la denuncia en estos casos no puede ser sinónimo de duda de credibilidad por suponer una característica, cuanto menos extraña y especialísima, en esta criminalidad de género, y factor a tener en cuenta a la hora de analizar la declaración de la víctima, ya que éste debe valorarse dentro de este contexto al que nos hemos referido, donde el sufrimiento que ha padecido la víctima ante los hechos de maltrato se ve incrementado por el sufrimiento ex post de la propia sociedad, de su entorno más directo, y del entorno del agresor", concluye el TS.

Desde el alto tribunal, avisa de la "doble victimización" que esto supone para una víctima de violencia de género y afirma que "hace comprensibles estas reacciones de negativas a denunciar" o a negarse a declarar en el juicio para "beneficiar a los agresores".

Advierte de la gravedad del "silencio cómplice" del entorno de las víctimas de violencia de género